Acceso Libre a la Función Pública (Adm. General): Personal Laboral Grupos III, IV y V

Información general

Organismo
Justicia, Administración Local y Función Pública
Responsable del tratamiento
Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública
C/ Alberto Lista, 16 Sevilla 41071
dgrhfp.cjalfp@juntadeandalucia.es
Procedimiento asociado
Finalidad
Tramitación y resolución de las alegaciones formuladas por los participantes en los procesos selectivos de acceso libre a la función pública. Personal laboral Grupo III, IV, V.
Delegado de protección de datos
dpd.cjalfp@juntadeandalucia.es

Interesados

Personas físicas que se presentan al proceso selectivo
Colectivos especialmente vulnerables (Discapacidad)

Datos personales

Nombre, apellidos, dni, dirección postal, teléfono,correo electrónico, firma. Sexo. Datos académicos y profesionales. Datos carrera administrativa.
Datos de salud (Discapacidad)

Cesiones de datos

No están previstas comunicaciones de datos salvo las legalmente obligatorias

Transferencias internacionales

No están previstas

Periodo de conservación

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

Medidas de seguridad

Las previstas, tras analizar el riesgo, en los documentos que conforman la política de seguridad de la información y de protección de datos de la Consejería de acuerdo con el Anexo II del Real Decreto 3/2010, que regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la administración electrónica, y los artículos 105 a 114 del Real Decreto 1720/2007.

Base jurídica

RGPD: 6.1.b) Ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de éste de medidas precontractuales.
RGPD: 6.1.e) Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos.
RGPD: 9.2.b) El tratamiento es necesario para el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos en el ámbito del Derecho laboral y de la seguridad y protección social.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
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